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sábado, 27 de febrero de 2021

SE APRUEBA EL DICTAMEN PARA ESTABLECER COMO SANCIÓN ADMINISTRATIVA GRAVE, DEL SERVIDOR PÚBLICO, EL RETRASAR DELIBERADAMENTE Y SIN JUSTIFICACIÓN, EL CUMPLIMIENTO DE LAUDOS LABORALES

 

Comisión de Gobernación

SAN LUIS POTOSÍ, MÉXICO. SÁBADO 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 ●.- Para establecer como desacato y sanción administrativa grave, la acción del servidor público que retrase deliberadamente y sin justificación el cumplimiento de laudos laborales, ya sea que se hayan generado o no en su administración, en reunión de la Comisión de Gobernación, que preside la diputada Beatriz Benavente, fue aprobado el dictamen por el que se adiciona el párrafo segundo al artículo 62 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de San Luis Potosí.

Se indica que dichas omisiones de impago causan un daño grave a las finanzas públicas, por el incremento de la deuda, ya sea de salarios caídos y los intereses que se van generando.

Se agrega que de acuerdo a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí, a las instituciones con laudo condenatorio se les da opción de presupuestar los pasivos laborales, ya sea mediante pagos en parcialidades o por la cuantía en un solo acto y evitar que los laudos laborales sigan incrementándose perjudicando e impactando las arcas públicas. LEER MÁS...

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